

Acerca de las Contralorías
y Grupos Promotores de Contralorías del AGUA
La gestión del bien hídrico es una responsabilidad compartida por los diferentes entes que intervienen y dado su carácter de bien común y bien público, es esencial la participación de la ciudadanía. En este contexto, las Contralorías Autónomas del Agua y los Grupos Promotores de Contralorías Autónomas del Agua emergen como una herramienta poderosa para ejercer un control social sobre la gestión y uso del agua, garantizando que se realice de manera transparente, equitativa y sostenible.
La creación de una Contraloría Autónoma del Agua o de un Grupo Promotor de Contraloría Autónoma del Agua no es simplemente la formación de un grupo de personas interesadas en el tema. Es la consolidación de un ente que representa la voz y los intereses de la comunidad, que busca asegurar que el bien hídrico, esencial para la vida y el desarrollo, sea gestionado adecuadamente. Estas entidades se convierten en un puente entre la comunidad y las autoridades, facilitando la comunicación y colaboración.
La autonomía de la Contraloría o Grupo Promotor es crucial. Sin autonomía, su capacidad para actuar libremente y tomar decisiones basadas en el bienestar de la comunidad podría verse comprometida. La autonomía garantiza que la contraloría pueda operar sin interferencias externas, manteniendo siempre el interés de la comunidad como prioridad.
Esta página ha sido diseñada como una hoja de ruta para aquellos interesados en formar o fortalecer una Contraloría del Agua. A través de sus subsecciones, se proporcionan pautas y recomendaciones para garantizar que estas entidades sean efectivas, representativas y autónomas.
En última instancia, la existencia y operación exitosa de una Contraloría Autónoma del Agua o de un Grupo Promotor de Contraloría Autónoma del Agua refleja una sociedad comprometida, informada y activa en la protección y gestión de su bien hídrico. Es un testimonio del poder de la participación ciudadana y de la importancia de trabajar juntxs para garantizar un futuro sostenible para todxs.
¿En qué principios se basan las
Contralorías Autónomas del AGUA?
El agua como bien
de la Naturaleza
y derecho humano
El derecho a la
asamblea y a
la consulta
La democracia, equidad y la
justicia social
La participación
social autónoma
y organizada
La transparencia
y la rendición
de cuentas
El derecho
de los pueblos
originarios
Sustento jurídico de las Contralorías
Autónomas del AGUA
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
La Contraloría ciudadana se sustenta jurídicamente en los derechos de información, de petición, de asociación y de participación en diversos sectores de la sociedad para la planeación democrática del desarrollo nacional, los cuales están plasmados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 4º, 6º, 8º, 9º y 26 respectivamente. En efecto, la Reforma al Artículo 4º Constitucional del 8 de febrero de 2012 consagra la participación ciudadana. Con su innovativo mandato que busca garantizar el acceso y uso equitativo y sustentable del agua para la población de nuestro país. En el plano internacional y nacional las Contralorías Sociales tienen un marco que facilita nuestra labor.
Plan Nacional de Desarrollo
El Plan Nacional de Desarrollo, hace énfasis en la necesidad de contar con una democracia participativa para socializar el poder político e involucrar a la sociedad en las grandes decisiones nacionales, en congruencia con el Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad, y de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024, que establece, en cuanto a la ciudadanización y los mecanismos de contraloría social, que se alentará la participación y protección de alertadores ciudadanos y denunciantes, así como una administración pública abierta al escrutinio de la población a través de las mecanismos de control social.
Programa Nacional Hídrico
El Programa Nacional Hídrico 2020-2024, tiene como uno de sus objetivos prioritarios el mejorar las condiciones para la gobernanza del agua a fin de fortalecer la toma de decisiones y combatir la corrupción.
Acuerdo Regional
de Escazú
En este contexto, México suscribió el Acuerdo Regional de Escazú, el cual entró en vigor el 22 de abril de 2021, en él, nuestro país se comprometió a la implementación plena y efectiva del acceso a la información ambiental de manera oportuna y adecuada; al reconocimiento del derecho humano a la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales; a garantizar el acceso a la justicia en dichos temas; a la protección de defensores de derechos humanos asociados con el ambiente y al fortalecimiento de capacidades, así como a la cooperación en materia ambiental.
Funciones de las Contralorías
Autónomas del AGUA

1.
Investigar, procurar, recibir y divulgar información,
por cuenca, subcuenca, alcaldías, municipios, sistemas operadores municipales o intermunicipales de agua, comités de agua o sistemas locales de agua, por medio de informes, boletines de comunicación, divulgación multimedia, campañas, etc. Según sea la importancia del caso.

2.
Exigir transparentar reuniones en las que se tomen decisiones que afectan la gestión del agua.

3.
Realizar diagnósticos y propuestas relacionadas con los problemas hídricos sentidos por las comunidades, zonas o regiones que involucren todos los indicadores del derecho humano al agua y al saneamiento y sobre los procesos de regeneración del agua.

4.
Realizar reuniones con autoridades para discutir avances en políticas, proyectos y acciones en materia hídrica y ambiental, así como para la prevención de faltas administrativas graves y para analizar la coherencia entre los diferentes niveles de gobierno, leyes y marcos institucionales existentes.

5.
Desarrollar proyectos piloto y acciones inmediatas que inspiren y abran brecha en la ruta hacía un cambio de modelo de gestión del agua que involucre modos de vida orientados al buen vivir desde la interculturalidad, el respecto a la diferencia y a la equidad de género.

6.
Comunicar idóneamente
de modo claro, objetivo
y empático con la opinión pública la información y propuestas relacionadas con el derecho humano al agua, al respeto al agua como bien común, bien público y derechos asociados a éste, así como señalamientos ante posibles irregularidades administrativas, técnicas, legales o sociales relacionados con los derechos a la información
y a la consulta.